Hace algunos años el Ministerio de Industria impuso una multa de 470.000 euros a Telecinco por insertar "publicidad encubierta" en uno de sus espacios y ahora la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de la cadena y mantiene la multa. El departamento encargado del seguimiento de contenidos televisivos consideró que 'Yo soy Bea' había albergado "publicidad encubierta", mientras que Telecinco defendía que se trataba de un "emplazamiento de producto".
Tras años de pleitos, la cadena no está dispuesta a aceptar la multa, por lo que podría recurrir al Supremo. "Confiamos en que mientras se resuelve el recurso, España apruebe la directiva comunitaria sobre el emplazamiento de producto, que supone un cambio respecto a la actual reglamentación", afirma un portavoz de Telecinco, según publica El País.
Telecinco ha alegado que el "emplazamiento de producto" es una práctica permitida por la Administración siempre que concurran determinadas condiciones. En el caso de Marina d'Or, la privada asegura que el asentamiento de dicha marca en la serie no influía en el contenido editorial ni incitaba a la compra o arrendamiento del producto.
Sin embargo, la Audiencia Nacional tiene una visión totalmente contraria. "El conjunto de referencias al complejo hotelero Marina d'Or contenidas en la serie abundan en pretendidas excelencias del indicado complejo". Y además recoge frases pronunciadas por los actores de la serie como "eso le va a venir de perlas a tus cervicales" o "me han dicho que aquí te dejan como nueva".
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La cadena argumenta que el "emplazamiento de producto" es una práctica reconocida por la legislación europea, sin embargo, España todavía no ha incorporado esta norma a su legislación. El plazo para hacerlo finaliza el próximo 19 de diciembre. La directiva de la UE autoriza incluir anuncios en pantalla dividida o colocar productos en todos los programas, salvo en los informativos, los documentales y en los espacios para los más pequeños.