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La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha absuelto a Telecinco y a la productora Atlas de los delitos de intromisión ilegítima en los derechos al honor, a la intimidad y a la propia imagen de los que habían sido acusados por José Frade. Según el conocido productor el espacio 'Aquí hay tomate' vertió un sinfín de expresiones "burlescas" sobre su relación con norma Duval.
José Frade demandó a la cadena y a la productora por las expresiones por las expresiones que se ofrecieron en un total de 51 programas de 'Aquí hay tomate'. Los programas fueron emitidos entre octubre de 2003 y diciembre de 2004.El productor, denunció "las menciones en tono burlescas" proferidas sobre su persona, su ex pareja Norma Duval y sobre una supuesta relación que habría mantenido con la actriz teatral María José Cantudo.
Ahora, el tribunal concluye que el extinto programa de Telecinco no utilizó "expresiones insultantes, vejatorias o difamatorias, por más que en algún caso pueda observarse una crítica un tanto jocosa y ácida". Además, considera que las expresiones utilizadas en ese espacio no vulneraron el honor de Frade porque la información se encuadró "dentro de la denominada crónica social" y porque tan sólo se comentaron "datos ya conocidos o dados a conocer por los interesados", según consta en la sentencia. La resolución señala además que no hubo atentado contra la intimidad de Frade ni contra su propia imagen.
El Tribunal Supremo confirma la sentencia dictada en noviembre de 2006 por la Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, que revocó la resolución dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 43 de Madrid. En un primer momento, la Audiencia de Madrid condenó a Telecinco y a Atlas a pagar una indemnización de 12.000 euros a Frade.