El Ministerio de Industria ha presentado ante la Comisión Permanente del Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (CATSI) cuatro borradores sobre patrocinio en televisión, emisión de publicidad durante las retransmisiones de acontecimientos deportivos, autopromoción y telepromociones
En el caso de los patrocinios, cuando no se cumplan los criterios, se computarán como publicidad normal dentro del límite establecido de 12 minutos. El Ejecutivo establece además los casos en los que no cabe el patrocinio, como sucede con los programas de contenido informativo de actualidad.
Durante las retransmisiones deportivas
Durante las retransmisiones deportivas, el documento del ministerio fija los criterios a seguir sobre cuándo se considera que el acontecimiento está o no detenido y, por tanto, cuándo se permite la inserción de publicidad. La Ley General Audiovisual sólo la permite si no impide seguir el desarrollo.
Las autopromociones de cadena
En el capítulo de autopromociones, el ministerio de Industria establece que no serán considerados como tales aquellos "programas dedicados a informar sobre la programación de la cadena". El Gobierno es "acotar conceptos" y "dar seguridad jurídica a los operadores, estableciendo un marco común y mayor transparencia para los ciudadanos".
Duración de las telepromociones
El borrador sobre telepromociones prohíbe también su emisión en los programas infantiles y propone que su duración sea "de al menos 45 segundos". Mientras dure esta promo, los operadores deberán mantener la inserción de la palabra "publicidad" sobreimpresionada en pantalla.
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Restricciones sobre el uso del simbolo "HD"
El Gobierno se ha propuesto también que las cadenas no engañen a los espectadores con el uso del simbolo de Alta Definición (HD). El Ejecutivo queire los operadores hagan uso de esta marca tan sólo cuando el contenido se haya producido y se vaya o se esté emitiendo con esa calidad.