TVE hará caso de la sentencia del Tribunal Constitucional en contra de la cámara oculta. Según informa Público, el Consejo de Administración de la Corporación aprobó la semana pasada una modificación del libro de estilo en la que se permitía el uso de estos dispositivos.
Hasta ahora, las cámaras y micrófonos ocultos estaban justificados en "casos muy especiales". Uno de los ejemplos que destaca Público es demostrar "la existencia de prácticas ilegales o delictivas que afectan al interés público", aunque sólo se utilizarían como último recurso para probar una acusación.
En su lugar, el Consejo de Administración incluirá un nuevo apartado que deje clara la prohibición de recurrir a este método.
La Sala Primera del Tribunal Constitucional tomó esta decisión al denegar el amparo a Canal Mundo Producciones Audiovisuales y a la Televisión Autonómica Valenciana a partir de un reportaje sobre esteticistas y naturistas con uso de cámaras ocultas.
Se trata de la primera ocasión en que el Constitucional aborda la cuestión. Los magistrados del Constitucional, presididos por Pascual Sala, argumentan, en este caso, el hecho de que la persona grabada "subrepticiamente" (a escondidas) fue privada de su derecho a decidir si aceptaba ser identificada en la divulgación de determinada información.
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