La Comisión Nacional de la Competencia ha abierto expediente sancionador contra Mediaset por incumplir algunos de los compromisos que autorizaban la operación de fusión entre Telecinco y Cuatro. La CNC se refiere concretamente a la Resolución del Consejo de 28 de octubre de 2010.
Con esa fecha, la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) resolvió en el marco del expedienteC/0230/10 autorizar, subordinada al cumplimiento de determinados compromisos voluntariamente presentados el 19 de octubre de 2010 por Mediaset (antes Gestevisión Telecinco, S.A) la operación de concentración consistente en la adquisición del control exclusivo de Cuatro por parte de Mediaset. En esta Resolución se encomendaba la vigilancia de lo establecido en la parte dispositiva de la misma a la Dirección de Investigación de la CNC.
En el marco de la vigilancia del cumplimiento de la citada Resolución, el Consejo de la CNC ha dictado una Resolución de 6 de junio de 2012, en la que señala que Mediaset ha incumplido varios de los compromisos asumidos voluntariamente. En concreto se refiere a:
- El Consejo de la CNC señala que Mediaset ha incumplido la obligación de separación funcional entre Publiespaña y Publimedia como resultado de la presencia de las mismas personas en los
órganos de administración de ambas.
- El Consejo de la CNC indica que Mediaset ha retrasado injustificadamente la renuncia a los derechos de adquisición preferente de contenidos audiovisuales, así como ha retrasado el otorgamiento de los derechos de opción para el ajuste de la duración de los contratos vigentes (y en algunos casos, al no la ha ofrecido). Asimismo, Mediaset ha incluido cláusulas prohibidas en determinados contratos para la adquisición de contenidos audiovisuales.
- El Consejo de la CNC establece que existen indicios de su incumplimiento por Mediaset, mediante el desarrollo de una estrategia de vinculación de facto de la venta de publicidad de sus canales, que se habría visto reforzada por la reciente introducción de un nuevo modelo de comercialización de la publicidad de Mediaset.
A la vista de lo anterior, el Consejo de la CNC solicitó a la Dirección de Investigación la apertura de expediente sancionador por los incumplimientos detectados. Por ello, el 7 de junio de 2012 la Dirección de Investigación acordó la incoación de expediente sancionador por infracción del artículo 62.4 c) de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia. Se abre ahora un período máximo de 6 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNC.
Respuesta de Mediaset a CNC
Tras la apertura de este Expediente sancionador, Mediaset España ha hecho pública una nota en la que "reafirma con absoluta seguridad que no ha incumplido los compromisos adquiridos con la Comisión Nacional de Competencia (CNC) y que, por tanto, no se ha producido ningún efecto pernicioso para el mercado".
"Tal es nuestra seguridad acerca de este expediente que, en el caso de que culmine con la imposición de cualquier sanción, ésta será oportunamente anulada por los Tribunales que, en definitiva, tienen la última palabra al respecto", termina el comunicado.