VENTA CERRADA

Telefónica cierra la compra de Canal+ por 707 millones de euros

La CNMC aprobaba esta semana la fase final de esta operación con una serie de compromisos.

Por Redacción El 1 de Mayo 2015 | 11:12

Una semana después de que la CNMC aprobase la compra de Canal+ por parte de Telefónica, la operadora ya ha formalizado la operación y se ha hecho con el 56% restante de las acciones de la plataforma del grupo Prisa, según informa el diario El Mundo.

El precio de la operación ha ascendido finalmente a 707 millones de euros, frente a los 750 millones inicialmente previstos. El grupo Telefónica ya era el propietario del 44% de las acciones restantes de Canal+, por lo que con el cierre de esta operación el grupo de telecomunicaciones absorbe por completo la plataforma televisiva de Prisa.

Telefónica compra Canal+

De estos 707 millones, ya han sido pagados 565,5 millones, mientras que el restante 20% será satisfecho "una vez finalizados los ajustes contemplados en el contrato de compraventa, que podrían dar lugar a una variación del precio al alza o a la baja".

"Completada ya la venta de DTS, Prisa se centrará en el negocio de la educación y la información, con especial foco en el crecimiento en América Latina, así como en continuar con su política de reducción de deuda y reforzamiento de su balance", señala la operadora en un comunicado. La venta ha sido autorizada con una serie de compromisos:

Los compromisos propuestos por Telefónica

- Compromisos con el mercado de televisión de pago en España:

Telefónica se compromete a no entorpecer la movilidad de sus clientes actuales y futuros de televisión de pago con el establecimiento de limitaciones a las políticas de permanencia y retención de clientes. Concretamente, tramitará las solicitudes de baja de sus clientes en un período limitado de tiempo (máximo de 15 días para clientes de servicios no empaquetados, por ejemplo); renunciará a la exigencia y aplicación de cláusulas de permanencia bajo determinadas circunstancias, y no realizará prácticas de recuperación de determinados tipos de clientes durante un periodo limitado de tiempo (dos meses) desde la solicitud de baja.

Telefónica se compromete también a asegurar el mantenimiento y cumplimiento íntegro de los contratos vigentes de Canal+ con otros operadores de comunicaciones electrónicas para que distribuyan su oferta de televisión por satélite, hasta que finalice la vigencia de los actuales contratos. Una vez vencido el término del contrato deberá prorrogar este servicio durante un plazo de seis meses, renunciando también a realizar ventas activas a los clientes que contrataron este servicio con operadores intermediarios.

- Compromisos con los mercados de comercialización mayorista de contenidos audiovisuales individuales y de canales de televisión en España:

Telefónica pondrá a disposición de otros operadores de televisión de pago una oferta mayorista de canales Premium (aquellos que cuenten con contenido de estreno en exclusiva de las llamadas Majors o eventos deportivos en directo de la Liga de Primera División de fútbol, Copa de S.M. el Rey de fútbol, Champions League, Europa League, Campeonato del Mundo de Fútbol, Campeonato Mundial de Baloncesto, Fórmula 1, Moto GP y los Juegos Olímpicos).

Cada operador de televisión de pago podrá acceder a un máximo del 50% de los canales que integran la oferta mayorista y tienen libertad de elegir cómo componen su elección dentro de esta oferta mayorista. Los precios de la oferta mayorista asegurarán la replicabilidad de la oferta minorista de Telefónica y prevendrán situaciones de estrechamiento de márgenes.

Por otra parte, la explotación en exclusiva de los contenidos que adquiera Telefónica queda limitada a dos años y a determinados tipos de ventanas de emisión, mientras que otras ventanas (como las emisiones en Video Bajo Demanda de películas y series de catálogo) la entidad resultante no podrá adquirir contenidos en exclusiva. Asimismo, por norma general Telefónica no podrá adquirir derechos exclusivos de emisión que no vaya a explotar. Además, la entidad resultante deberá limitar a tres años la duración de sus contratos de adquisición de contenidos y renunciar a los derechos de adquisición preferente de contenidos.

Los compromisos anteriores no serán de aplicación a las producciones propias de la entidad resultante.

Adicionalmente, Telefónica se compromete a emitir en su plataforma de televisión de pago, bajo determinadas condiciones, los canales editados por terceros operadores. La entidad resultante no podrá adquirir derechos de emisión exclusiva de estos canales editados por terceros.

- Compromisos relacionados con el acceso a la red de internet de Telefónica en España:

En el caso del acceso a su red, Telefónica dispone de la capacidad y de los incentivos (puede cerrar o limitar el acceso a su red y a sus clientes) para reducir sustancialmente la competencia de terceros operadores de televisión de pago por internet.

En este sentido, los compromisos aprobados permiten a estos proveedores de televisión de pago por internet acceder a los clientes de banda ancha de Telefónica en condiciones que les permitan competir eficazmente. Telefónica se compromete a prestar un servicio de acceso a su red de internet en España con capacidad y garantías de calidad suficientes a terceros operadores. Telefónica garantizará al menos 3 rutas de acceso a su red de internet cuya congestión no podrá superar el 80%.

Además, Telefónica se compromete a no llevar a cabo técnicas de gestión de red y tráfico en España que puedan degradar de forma discriminatoria el flujo de datos de video o similar de terceros a través de su red de Internet.

Telefónica también se compromete a negociar en términos equitativos, razonables, transparentes, objetivos y no discriminatorios acuerdos de interconexión a su red de internet, para la entrega del contenido audiovisual a sus usuarios finales de banda ancha fija o móvil.

Los conflictos bilaterales de Telefónica con terceros operadores en relación con la aplicación de los compromisos podrán ser objeto de arbitraje ante la CNMC en el caso de que el tercer operador así lo desee, siendo el laudo arbitral que emita la CNMC vinculante para ambas partes.

La CNMC recuerda que aceptar los compromisos ofrecidos por la notificante, siempre que sean adecuados para resolver los problemas de competencia y proporcionados, resulta preferible a imponerlos legalmente, porque al haber sido ofrecidos de manera voluntaria, se facilita la ejecución y vigilancia de los mismos.