Mediaset España deberá pagar 427.003 euros. No cabe la posibilidad de interponer recurso. Se trata del importe total que suman las tres multas que en el año 2013 se impusieron a Mediaset España por publicidad encubierta en el programa 'Deportes Cuatro'. La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso que Mediaset había interpuesto por las sanciones de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (Setsi), según informa Servimedia.
La sentencia da por válidas las sanciones referidas a tres inserciones publicitarias que realizaron los presentadores del informativo deportivo de Cuatro los días 21 de junio y el 21 de julio de 2012. Asegura que hubo "una clara intención publicitaria", por lo que no pueden considerarse sin intencionalidad. Se trata de "faltas graves", de ahí que la cuantía final sea tan alta: dos de ellas de 145.601 euros y la otra de 135.801 euros.
Según se recoge en el texto, en una de ellas los presentadores mostraron la revista Elle a cámara mientras uno de ellos le preguntaba al otro si ya había comprado el último número de la publicación, algo que hacía siempre. El otro, por su lado, le contesta que estaba suscrito y que, por tanto, se la mandaban a casa. Acto seguido se mostraban algunos de los contenidos de ese número y en la parte superior derecha de la pantalla aparecía durante el reportaje una transparencia en la que se podía leer "Elle.es Hearst Magazines.España".
Los Manolos
La segunda inserción por la que 'Deportes Cuatro' fue multada tuvo lugar el mismo día, el 21 de junio. El espacio deportivo habló de mujeres cansadas de escuchar a sus maridos hablar de fútbol y también de los servicios de citas "Covadonga". La última multa hace referencia al anuncio de venta de una camiseta. Los dos presentadores mostraron una camiseta y dijeron que se podía comprar "en los puntos habituales de venta y en la web de Mediaset".
No son fácilmente identificables como publicidad, según la AN
Para Industria estos hechos reúnen "todos los requisitos" exigidos en el artículo 58.7 de la Ley Audiovisual "para ser calificados como publicidad encubierta". "Se ha producido una presentación directa, verbal y visual, de bienes y marcas (Elle, servicios de citas Covadonga y camiseta de Campeones) de un productor de mercancías existentes en el mercado, en un programa de televisión ('Deportes Cuatro'), distinta del emplazamiento de producto (que carece siempre del protagonismo de estas emisiones), con intención publicitaria por parte del prestador del servicio)".
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Según recoge en su sentencia la Audiencia Nacional, estos productos "pueden inducir al público a error en cuanto a su naturaleza por cuanto se desarrollan durante el transcurso de un programa de noticias de deportes, sin que sean fácilmente identificables como tal publicidad, ni exista una clara diferenciación con el programa".