HISTÓRICA RESOLUCIÓN

La CNMC da la razón a las privadas en el litigio contra TVE por los resúmenes de la Liga

De los 90 segundos de resumen que se podía emitir por jornada se pasará a 90 pero por partido.

Por Redacción El 16 de Enero 2016 | 13:16

"Histórica resolución", así definía J.J. Santos, director de Deportes en el Informativo de Telecinco, la decisión de la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) que da la razón a las cadenas privadas frente a Televisión Española en el litigio por los resúmenes de la Liga de Fútbol Profesional. El conflicto se desató por el límite de 90 segundos por jornada que las cadenas que no habían comprado los resúmenes exclusivos de la Liga podían emitir.

A partir de ahora la medida va a cambiar y seguirán pidiendo emitir ese minuto y medio pero ya no por jornada, sino por partido. La Liga anunció a finales del mes de julio de 2015 que TVE adquiría el lote de los derechos de emisión que incluía los resúmenes de la competición, por lo que esta nueva medida eclipsa la venta de unos derechos que ya no le dan ninguna ventaja frente a la competencia.

Histórica resolución de la CNMC

J.J. Santos lo celebra

La decisión aun no se ha hecho pública de manera oficial, pero ya J.J. Santos ha comunicado la noticia a través de su cuenta personal de Twitter. Celebra la resolución y señala directamente a Javier Tebas, presidente de La Liga: "Da la razón a Mediaset y obliga a la liga de Javier Tebas a permitir la emisión de 90 segundos por partido y no por jornada. Esto es, podremos dar, sin pago alguno, minuto y medio por partido de Liga o de Copa".

Resúmenes de Liga de 90 segundos por partido

Tal y como ha adelantado JJ Santos, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha resuelto que la Liga de Fútbol Profesional (LFP) permita a Mediaset el acceso a los estadios de fútbol para garantizar el derecho a la información de los ciudadanos.

Mediaset España, y se entiende que el resto de cadenas, podrán emitir resúmenes de 90 segundos de cada partido considerado individualmente en sus informativos de carácter general. De este modo, la CNMC desestima la interpretación de la LFP, que consideraba que los resúmenes de 90 segundos estaban referidos a todos los partidos de una jornada.

La CNMC considera que 90 segundos de cada partido de la Liga nacional de fútbol profesional "es un tiempo suficiente y adecuado para asegurar el derecho a la información de los ciudadanos". Y por tanto, estos resúmenes informativos no estarán sujetos a contraprestación económica. Eso sí, los resúmenes de cada partido sólo se podrán emitir un máximo de dos veces en un plazo de 24 horas a contar desde la finalización del encuentro deportivo.

El 9 de septiembre de 2015, Mediaset denunció ante la CNMC que la LFP estaría vulnerando su derecho a la información al limitar su acceso a los estadios. El 17 de septiembre, la CNMC dictó medidas cautelares por las que se instaba a la Liga a garantizar el acceso a Mediaset a los a los espacios en los que se celebre el acontecimiento deportivo.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponerse recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.