La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha decidido incoar un expediente sancionador a RTVE por superar el límite de tiempo de emisión dedicado a autopromociones, detectando las infracciones en marzo de 2016, tanto en La 1 como en La 2.
El artículo 13.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA), establece que "para la comunicación audiovisual televisiva, el tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos no podrá superar los 5 minutos por hora de reloj y sus contenidos estarán sujetos a las obligaciones y prohibiciones establecidas con carácter general para la publicidad comercial".
La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 6 meses para la instrucción del expediente y resolución del expediente por parte de la CNMC. Es por esto que RTVE dispone de un plazo de quince días para presentar alegaciones.
Multa previa a Atresmedia y Mediaset por su pauta única
600.000 euros es la cantidad que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto a Mediaset España y Atresmedia por emitir mensajes publicitarios sin respetar la integridad de los programas en los que se insertan, ni de las unidades que los conforman.
Todo se debe a la pauta única, ya que los grupos solamente tienen en cuenta la emisión del canal principal a la hora de programar sus cortes, sin importarles en qué momento se produce el corte en sus otros canales. Dos resoluciones en las que sanciona a cada uno de los grupos de comunicación con 300.000 euros.