El Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TSJUE) ha confirmado que el sistema de financiación de RTVE respeta la legislación comunitaria. Rechaza por lo tanto los recursos de casación interpuestos en 2014 por Telefónica y Digital+, que consideraban que financiar la televisión pública cobrando tasas a las operadoras y televisiones privadas vulnera la normativa de la UE.
Ahora el TSJUE concluye que esta medida fiscal (el cobro de la tasa) es independiente al régimen de ayudas que recibe Televisión Española. Y lo es porque el Estado calcula la subvención que destina a RTVE en función de cuánto cuesta prestar el servicio público y no en función de lo que se ingresa con la tasa. Además, no todo el dinero que se ingresa se destina a RTVE, ya que parte del mismo "puede reasignarse a un fondo de reserva o al Tesoro Público y, por lo tanto, finalmente a los Presupuestos Generales del Estado".
Sede de RTVE en Torrespaña
"Para que un tributo forme parte integrante de una ayuda, el destino del impuesto debe estar obligatoriamente vinculado a la ayuda, en el sentido de que su recaudación se destine necesariamente a la financiación de la ayuda y de que afecte directamente a su cuantía", sentencia el TSJUE.
La justicia confirma así la resolución de la Comisión Europea, que ya en 2010 consideró que la tasa es compatible con la normativa de la unión al no formar parte del régimen de ayudas con el que se financia RTVE. Sin embargo, Telefónica y Digital+ pidieron entonces al Tribunal General de la UE que confirmase que la tasa sí forma parte de la ayuda, por lo que vulneraría el derecho comunitario. Este tribunal desestimó el recurso, así que Telefónica y Digital+ presentaron el recurso de casación ante el TSJUE. Finalmente el Tribunal Superior de Justicia ha sentenciado que el Tribunal General "no incurrió en ningún error de Derecho al estimar que las medidas fiscales no formaban parte del régimen de ayudas en favor de RTVE".
Fin de la publicidad
Fue el Gobierno de Zapatero el que aprobó en 2009 el actual sistema de financiación de RTVE. Se eliminó la publicidad y se empezó a cobrar una tasa del 3% sobre los ingresos de las televisiones privadas que emiten en abierto. También una tasa del 1,5% sobre los ingresos de las televisiones de pago y un 0,9% en relación a los operadores de servicios de telecomunicaciones.
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Al poco tiempo de entrar en vigor estas medidas fiscales la UE comenzó a investigar si respetaban la legalidad comunitaria, algo que finalmente se ha acabado confirmando con esta sentencia del Tribunal Superior de Justicia.