La Navidad ha llegado a Atresmedia y Mediaset pero en forma de multa económica. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a ambos grupos de comunicación por exceso de publicidad. Según el organismo público, ambos grupos de comunicación han infringido la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) que regula los tiempos de publicidad y deberán pagar una multa.
Las cadenas de Atresmedia y Mediaset
Las infracciones detectadas en Mediaset tuvieron lugar entre enero y mayo de 2016 en sus canales de televisión Telecinco, Cuatro, Divinity y Energy. Por lo que respecta a Atresmedia, el exceso de publicidad se ha contabilizado en Antena 3, también entre enero y mayo de este año.
La resolución de la CNMC
La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha decidido sancionar a Atresmedia (18.175 euros) y a Mediaset (63.705 euros) por superar los límites de tiempo de emisión dedicados a los mensajes publicitarios, regulados en la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).
Esta Ley establece el límite de tiempo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta en 12 minutos por hora natural ("Para el cómputo de esos 12 minutos se tendrá sólo en cuenta el conjunto de los mensajes publicitarios y la televenta, excluyéndose el patrocinio y el emplazamiento.
También se excluirá del cómputo la telepromoción cuando el mensaje individual de la telepromoción tenga una duración claramente superior a la de un mensaje publicitario y el conjunto de telepromociones no supere los 36 minutos al día, ni los 3 minutos por hora de reloj").
Las infracciones detectadas en Mediaset tuvieron lugar entre enero y mayo de 2016 en sus canales de televisión Telecinco, Cuatro, Divinity y Energy. Por lo que respecta a Atresmedia, el exceso de publicidad se ha contabilizado en Antena 3, también entre enero y mayo de este año. Contra esta decisión, Mediaset y Atresmedia podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses.