DENUNCIA

El Gran Wyoming y Dani Mateo, a juicio por un chiste sobre el Valle de los Caídos

La Audiencia de Madrid admite la denuncia de una asociación franquista contra el presentador y el colaborador de 'El Intermedio'.

Por Redacción El 5 de Abril 2017 | 18:44

No son buenos tiempos para el humor. El informativo político en clave de comedia de laSexta, 'El intermedio', podría haber cometido un delito contra los sentimientos religiosos, según la Asociación para la Defensa del Valle de los Caídos. Tras ser denunciados por un chiste sobre el Valle de los Caídos, la Audiencia Provincial de Madrid ha admitido a trámite la querella contra El Gran Wyoming y Dani Mateo, según informa La Gaceta.

Wyoming y Dani Mateo en 'El Intermedio'

Aunque en un primer momento no fue admitida la querella contra el presentador y el colaborador del espacio de Globomedia, la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Madrid ha admitido finalmente el recurso de apelación.

¿A qué se debe esta denuncia?

Los hechos ocurrieron el 10 de mayo de 2016 en una de la emisiones de 'El intermedio' en el access de prime time de laSexta. Con el habitual sentido del humor que caracteriza al programa, realizaron un sketch parodiando las cinco cosas que nunca te han contado sobre dicho lugar. "El Valle de los Caídos, alberga la Cruz cristiana más grande del mundo, con doscientas mil toneladas de peso y ciento cincuenta metros de altura, el triple de lo que mide la torre de Pisa", comentaban. "Y eso es porque Franco quería que esa Cruz se viera de lejos, normal, porque quien va a querer ver esa mierda de cerca", añadieron en tono jocoso. Estos comentarios no sentaron nada bien a la asociación franquista que se sintió ofendida al considerar que era un ataque a un grupo de personas.

Según informa el citado medio, que asegura haber tenido acceso al auto, la inadmisión por parte del Juzgado de Instrucción era una "merma del derecho a la tutela judicial efectiva de los querellantes". Al parecer, consideran que los comentarios vertidos en 'El intermedio' podrían considerarse un delito de odio tipificado en el artículo 510 del Código Penal. Las declaraciones han sido consideradas como expresiones "gravemente despectivas" que no deben ser utilizadas en "un medio de comunicación pública", ya que no es solamente una obra arquitectónica, es "objeto de evidente contenido religioso".