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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado al Grupo Atresmedia con 413.424 euros por "extralimitarse" al publicitar cuatro productos dentro del programa 'Decogarden', emitido en Nova. La CNMC ha detectado "cuatro infracciones graves, una de ellas de carácter continuado".
Escena del programa 'Decogarden'
El problema está en que, según la CNMC, Atresmedia incumplió la Ley General de Comunicación Audiovisual al dar "prominencia indebida de un producto, tanto por su reiteración como por su duración y tratamiento de la imagen". En otros casos se hicieron "menciones verbales a las posibles virtudes, méritos u otras características del producto emplazado". "También se ha verificado la presencia de comentarios aludiendo al servicio que ofrece una marca para la compra y entrega de sus productos, entre otros ejemplos", añade Competencia.
Qué dice la ley
El artículo incumplido por Atresmedia es el 17.3, que dice así: "El emplazamiento no puede condicionar la responsabilidad ni la independencia editorial del prestador del servicio de comunicación audiovisual. Tampoco puede incitar directamente la compra o arrendamientos de bienes o servicios, realizar promociones concretas de éstos o dar prominencia indebida al producto". Atresmedia, frecuentemente sancionada por Competencia por infringir esta ley, podrá recurrir esta multa ante la Audiencia Nacional en un plazo de dos meses.