Entre febrero y marzo de 2018 las televisiones estaban copadas por el caso del niño Gabriel Cruz, que desapareció y posteriormente fue hallado muerto en Almería. La cobertura del caso alcanzó unas magnitudes tales que varios programas versaron sobre el truculento suceso casi en su totalidad. Ahora, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia considera que no fue un tratamiento del todo adecuado.
Susana Griso, Ana Rosa Quintana y Antonio García Ferreras, conductores de los espacios matinales de las principales cadenas
El organismo estatal ha emitido un requerimiento a Atresmedia y Mediaset motivado por el popular caso y la forma en que hablaron de él en sus magacines y tertulias para que, al tiempo de evitar la "incitación al odio, respeten el honor, la intimidad y la propia imagen de las personas y el deber de diligencia en la comprobación de la veracidad de la información".
Este procedimiento viene detrás de la denuncia que presentó el Consejo Audiovisual de Andalucía por la persecución que se hizo desde Antena 3, Telecinco y laSexta sobre un sospechoso de la desaparición del niño que fue seguidamente exculpado. Se trataba de un hombre que había sido previamente condenado por el acoso a la madre del menor, pero que finalmente fue descartado como sospechoso de la autoría de la muerte de Gabriel, apuntando la actual acusación a la pareja del marido y asesina confesa, Ana Julia Quezada.
Posibles consecuencias
El documento oficial llama a las cadenas a no "difundir rumores, especulaciones o informaciones no contrastadas. Ni siquiera cuando forme parte de un contenido de entretenimiento y no meramente informativo". La llamada de atención niega, además, el "carácter absoluto" de la libertad de expresión, y prima sobre este derecho los de la difusión de información veraz, el honor, la intimidad y la propia imagen de las personas, por lo que llama a encontrar un "justo equilibrio" entre todos ellos.
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Además, desde la comisión no se limitan a lanzar una advertencia, sino que recuerdan a las cadenas la Ley General de la Comunicación Audiovisual, que prohíbe la emisión de contenidos que pueden incitar al odio por circunstancias personales o sociales. Así, se advierte en el texto que, de producirse unos hechos similares, la CNMC podría iniciar un procedimiento sancionador contra las empresas audiovisuales.