Malas noticias para CRTVE. La CNMC (Comisión Nacional de Mercados y la Competencia) ha abierto un expediente sancionador contra la corporación pública por la posible vulneración del artículo 13.2 de la Ley General Audiovisual (LGCA), concretamente por superar presuntamente el límite de tiempo de emisión dedicado a autopromociones, establecido en 5 minutos por hora de reloj.
RTVE, objeto de sanción
Las infracciones detectadas tuvieron lugar entre los meses de marzo y abril de 2019 y atañen a tres canales diferentes: La 2, Teledeporte y el Canal 24 Horas. Según el artículo 13.2 de la LGCA, "los prestadores del servicio de comunicación audiovisual tienen el derecho a emitir programas que informen sobre su programación o anuncios de sus propios programas y los productos accesorios derivados directamente de dichos programas. Estos programas y anuncios no se considerarán comunicación comercial a los efectos de esta Ley". Sin embargo, "para la comunicación audiovisual televisiva, el tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos no podrá superar los 5 minutos por hora de reloj y sus contenidos estarán sujetos a las obligaciones y prohibiciones establecidas con carácter general para la publicidad comercial".
Según apunta el comunicado de la CNMC, la incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Ahora se abre ahora un periodo máximo de 3 meses para la instrucción del expediente y resolución del expediente por parte del organismo regular. Además, CRTVE dispone de un plazo de diez días para presentar alegaciones.
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Multa acumulada
Este expediente se une a la multa de 50.392 euros que RTVE deberá pagar, también por superar el tiempo dedicado a autopromociones, pero en este caso por infracciones generadas entre los meses de noviembre de 2018 y febrero de 2019. La CNMC asegura que se excedió en el mismo límite, de 5 minutos por cada hora de reloj, en sus canales La 1, La 2, Teledeporte, 24 Horas y Clan TV.