EN TRES BLOQUES

Mediaset actualiza su Código Ético para los reality shows: Estas son las 10 normas

Estos principios de obligado cumplimientos están enfocados, entre otros temas, a garantizar la salud y bienestar de los concursantes o participantes.

Por Redacción El 26 de Mayo 2023 | 12:27

Mediaset España ha actualizado su Código Ético para incluir un Protocolo de Actuación aplicable a programas de telerrealidad, que conllevan aislamiento y convivencia grupal durante prolongados periodos de tiempo y que, en algunos casos, se desarrollan en entornos complejos. Este documento contiene principios de obligado cumplimiento encaminados a regular la convivencia de los participantes y preservar y garantizar su salud y bienestar. El Protocolo de Actuación, integrado por diez normas básicas, está articulado en tres secciones:

Adrián Tello y Marta Jurado, en 'Secret Story 2'

Sección 1 - Selección de Participantes

Punto 1:

Antes de iniciarse la producción del Programa, Mediaset deberá establecer conjuntamente con la Productora el carácter que se imprimirá al mismo (convivencial grupal, interacción, colaboración, competitividad dialéctica o deportiva, etc.) junto con el objetivo de público televidente al que estará principal y potencialmente dirigido, todo ello con la finalidad de establecer un perfil general de posibles concursantes/participantes y, por tanto, posibles restricciones o requisitos de edad, físicos, anímicos, curriculares, etc.

Punto 2:

La lista final de participantes/concursantes deberá ser aprobada expresamente por Mediaset, que tendrá capacidad de veto con base en motivos objetivos y razonables.

Punto 3:

Todos los integrantes de dicha lista deberán haber sido previamente objeto de un razonable análisis de riesgo, que incluirá, al menos, (i) un examen médico (físico y psicológico) realizado por facultativo especializado, que descarte cualquier tipo de incompatibilidad; y (ii) una investigación en el entorno familiar, profesional o social con el fin de descartar comportamientos agresivos o antisociales, dependencias crónicas, etc. Serán descartados todos aquellos aspirantes con antecedentes acreditados de violencia de cualquier índole en los cinco años anteriores al proceso de selección.

Punto 4:

Todo el proceso de selección de los participantes/concursantes, así como la verificación del análisis de riesgos anteriormente citado, será conducido por la Productora, siendo de su exclusiva responsabilidad; como lo será la recopilación, tratamiento y custodia de sus datos de carácter personal, comprometiéndose al más escrupuloso cumplimiento de la normativa vigente. A tal fin, la Productora se obliga a obtener la autorización previa y expresa de todos los aspirantes a Participantes/Concursante, los cuales, antes de pasar a integrar la lista que será entregada a Mediaset, habrán de ser puntualmente informados de (i) la duración y características del programa; (ii) el entorno en el que tendrá lugar; (iii) los retos a los que serán sometidos; (iv) las conductas o comportamientos prohibidos y reprobados; (v) el cuadro de sanciones aplicables; y (vi) de todos aquellos aspectos que razonablemente deban ser informados.

Sección 2 - Seguridad y bienestar de los Concursantes/Participantes

Punto 5:

La Productora se compromete a adoptar todas las medidas que sean necesarias y suficientes para garantizar la seguridad y bienestar (en este último caso, dependiendo de las características del programa) de los participantes/concursantes comprometiéndose a poner a disposición de estos una asistencia adecuada a las necesidades individuales de cada uno de ellos, además de asistencia médica y psicológica cuando así lo requieran o cuando, a juicio de la Productora, esta resulte necesaria o conveniente.

Punto 6:

Punto7:

La Productora se compromete a poner a disposición de los participantes/concursantes que así lo requieran apoyo psicológico durante, al menos, dos meses tras la conclusión del programa.

La Productora proscribirá expresamente e impedirá o atajará, con todos los medios a su alcance, cualquier comportamiento o manifestación susceptible de ser considerados como (i) acoso o abuso sexual, (ii) bullying, (iii) discriminatorio por razón de género, raza, nacionalidad, creencia o religión, (iv) consumo de drogas, (v) violencia física o verbal; (vi) el consumo inmoderado de alcohol y la utilización de imágenes de los concursantes/participantes bajo la influencia de éste, y (vii) cualquier otro que merezca la general reprobación.

Punto 9:

Punto 10: