El juicio por la supuesta violación a Carlota Prado por parte de José María López está a punto de comenzar. Muy pronto, las partes se verán las caras ante los tribunales, pero ya desfilaron uno a uno durante el proceso de instrucción, que se cerró en diciembre de 2018 con un auto en el que la magistrada del caso concluía que "existen indicios de que la conducta del recurrente pudiera ser constitutiva de un delito de abuso sexual".
Carlota Prado y José María López
Las primeras diferencias llegan cuando se les pregunta acerca del consumo de alcohol en el programa, ya que la denunciante estaba en estado de embriaguez cuando se acometió el supuesto delito, tal y como reflejó la magistrada de instrucción. Según Abad, solo se permite el consumo de una copa por persona, mientras que Díaz esgrime que "una o dos". Luego, Abad matiza: "Si hay 12 personas, metemos 12 copas. No les decimos que tomen una cada uno". Más contradictoria resulta la declaración de Robles, la cual asegura que algunos concursantes se guardan alcohol de otras fiestas, algo que los dos directivos niegan tajantemente. En lo que sí coinciden los tres es que esa noche no se sirvió nada de tequila, la bebida que Prado asegura que tomó. Concretamente cuatro chupitos.
Sin protocolos precisos
Sobre el momento preciso de la supuesta agresión, Robles admite que observó unos movimientos debajo del nórdico y que apreciaba "la cabeza de Carlota moverse descontrolada, ella con los ojos cerrados". Confiesa que consultó con una compañera lo que estaba sucediendo y llamar también a Abad, el cual le aconsejó que intercediera por megafonía. "Llamo a Carlota. Se paran los movimientos que hay debajo del nórdico. Carlota no reacciona", recuerda, momento en el que el abogado de la acusación cuestiona: "Al ver eso, ¿se le representó la posibilidad de que se estuviera cometiendo un delito?". Ella arguye: "Sí". Sobre qué hizo, Robles expresa: "Lo que podía hacer, irrumpir por megafonía y ver si Carlota estaba consciente o no".
"¿Usted tenía autoridad para dar órdenes al personal de seguridad para que entrara a interrumpir aquello?", incide el letrado. "No", sentencia Robles. "¿Quién la tiene?", pregunta éste. "Ahora mismo me pone en un aprieto". Esa es la respuesta de la Súper. Abad, en cambio, sí contesta conciso: "La potestad (de dar la orden a seguridad) la tiene el responsable que está en ese momento. María la tiene". Pero lo cierto es que a la pregunta sobre los protocolos que tenía la productora para actuar sobre un delito, Abad alega: "Nunca hemos llegado a ese extremo", dando a entender que no existía un protocolo a seguir.