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FALLO JUDICIAL

'Informativos Telecinco' rectifica una noticia falsa sobre un caso de pederastia

La cadena ha sido obligaba a hacerlo por orden del Juzgado de Primera Instancia número 99 de Madrid.

Por Patricia HernándezPublicado: Viernes 16 Agosto 2019 14:45 | Última actualización: Viernes 16 Agosto 2019 14:49

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En junio de 2018, 'Informativos Telecinco' emitió una información que resultó ser falsa. En ella se relacionaba a un pastor evangélico con un supuesto delito de pornografía infantil. A los pocos días la cadena rectificó, pero no lo hizo de la "forma debida y satisfactoriamente tal como establece la Ley", por lo que fue demandada por Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España.

Isabel Jiménez en 'Informativos Telecinco'

Isabel Jiménez en 'Informativos Telecinco'

La corrección del fallo judicial se ha ofrecido al final del propio telediario del 15 de agosto, en la edición de las 15:00 horas presentada por Isabel Jiménez: "Hace un año les hablamos de una operación contra la pornografía infantil con más de veinte detenidos en Valencia y que implicaba a una iglesia evangélica. Bueno, pues la iglesia relacionada con el caso no era la que aparecía en las imágenes".

Tras la introducción, 'Informativos Telecinco' dio paso a una pieza en la que se ampliaba la aclaración: "En la noticia se hablaba en concreto de la Iglesia Evangélica Bautista de la localidad de Benidorm. Tras las comprobaciones pertinentes, la información que emitimos era falsa. Se ha demostrado que esa no era la iglesia implicada y, por tanto, su pastor en ningún momento fue detenido ni tuvo nada que ver con los hechos descritos ni con los delitos narrados. Rectificamos la información. Una noticia que en su día afirmamos y dimos como cierta".

Dictado de la sentencia

El fallo judicial, que conocimos el pasado lunes 12 de agosto, mantenía que 'Informativos Telecinco' debía emitir "el escrito de rectificación remitido por la actora, dentro de los tres días de la notificación de la sentencia, con el mismo tratamiento de la rectificación que la información inicial, el cual deberá ser publicado sin comentarios ni apostillas". Así lo consideró la jueza María Gracia Parera Cáceres, del Juzgado de Primera Instancia número 99 de Madrid.

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