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PROMOCIÓN NO IDENTIFICADA

Jesús y Diego ('La isla de las tentaciones'), envueltos en una presunta estafa por promocionar apuestas

Los concursantes del reality de Telecinco desatan la polémica, incitando a sus seguidores a invertir dinero sin avisar que se trata de una comunicación comercial.

Jesús y Diego ('La isla de las tentaciones'), envueltos en una presunta estafa por promocionar apuestas
Por Sergio SorianoPublicado: Lunes 8 Febrero 2021 12:00

El revuelo generado alrededor de los preceptos legales que regulan las apuestas deportivas llega a su punto álgido con un nuevo capítulo: Jesús Sánchez Seda y Diego James Lover, concursantes de 'La isla de las tentaciones', podrían estar relacionados de alguna manera con un presunto delito relacionado con la promoción ilícita de un juego deportivo con el que conseguir dinero fácil.

Diego James Lover en 'La isla de las tentaciones 3'
Las alarmas saltaron el 6 de febrero cuando Javier Guzmán, periodista de laSexta, compartía un hilo plagado de capturas del perfil de Jesús donde empieza a tender puentes con sus seguidores, captando así su atención. El primer storie se caracteriza por tener un fondo negro con una caja que te permite responder a una pregunta propuesta: "Hazme una pregunta", puede leerse.

En un principio, el sevillano responde como si de un juego se tratase hasta que llega una respuesta de lo más polémica a la pregunta: "¿Cuánto ganas al mes?". "Con Instagram poquito... Con lo que más estoy ganando ahora es con las apuestas deportivas", sentencia Jesús. Además, aporta un dato de lo más elocuente cuando cuenta los criterios que sigue para ganar dinero: "Pues estoy en un canal gratuito de Telegram que pasa apuestas y yo pues las copio y pues gano jajajajaj", afirma.

Es más, Jesús cuenta que comenzó que la semana pasada ganó "1.400€ empezando con 30€ en un solo día" y acompaña la siguiente historia de Instagram con una captura de pantalla de la casa de apuestas. Hasta aquí, podría parecer una experiencia de lo más normal, sin embargo, Diego James Lover compartía exactamente las mismas palabras con instantáneas idénticas a las de su compañero de villa.

¿Práctica de publicidad encubierta?

Más allá de cuestionar la posible veracidad de estos hechos, es necesario hacer referencia al artículo 26 del Código de Derecho de la Publicidad, que versa sobre las comunicaciones comerciales encubiertas: "Se considera desleal por engañoso incluir como información en los medios de comunicación, comunicaciones para promocionar un bien o servicio [...] sin que quede claramente especificado en el contenido".

Si bien es cierto, la clasificación de Instagram como "medio de comunicación" se plantea dudosa, por eso, es preciso recurrir a Ley de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, como publicó Guzmán en su cuenta de Twitter. Concretamente, el artículo 20 del texto legal recoge que "las comunicaciones comerciales realizadas por vía electrónica deberán ser claramente identificables como tales". Por tanto, podrían enfrentarse a diversas sanciones económicas por haber cometido "infracciones leves".

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