RTVE y Atresmedia han sido multadas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por emitir contenidos publicitarios contra la ley en sus respectivas cadenas de televisión en octubre y diciembre de 2021. La corporación pública, por una parte, tendrá que pagar 125.000 euros, mientras que la compañía privada está obligada a pagar 185.000 euros. No obstante, cabe la posibilidad de recurrir estas acciones.
En ambos casos se ha producido una violación del artículo 18.2 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual, que establece que "está prohibida la comunicación comercial encubierta y la que utilice técnicas subliminales". Bajo el criterio de la CNMC, organismo público independiente dedicado, entre otras funciones, a la sanción de casos como estos, tanto RTVE como Atresmedia han infringido esta ley.
Contenido por el que Atresmedia ha sido multada
Los casos
Respecto a RTVE, la ilegalidad podría considerarse doblemente criticable, pues viene de una empresa estatal, financiada con fondos públicos y por lo tanto no dirigida al lucro privado. La publicidad encubierta certificada por la CNMC se produjo el 25 y el 30 de octubre de 2021, durante la emisión del programa 'MasterChef Celebrity' . La invitada y exconcursante Amelicious promocionó dos líneas de productos alimenticios de su empresa. El nombre de la empresa apareció en pantalla, y los productos fueron recomendados y descritos en términos positivos comercialmente.
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Por otro lado, la violación de la Ley General de la Comunicación Audiovisual se produjo en 'laSexta noticias', en el caso de Atresmedia. El 5 de diciembre de 2021, el informativo emitió una pieza en la que hablaba positivamente de una aplicación para dispositivos móviles sin señalar en ningún momento que se tratara de publicidad, por lo que pasaba por una información noticiosa entre otras.