Mediaset España celebra una victoria judicial, pues el Tribunal Supremo le da la razón en su uso de imágenes provenientes de YouTube con fines informativos. La empresa de medios había utilizado fotografías extraídas de la plataforma de vídeos para ilustrar una noticia sobre el narcotráfico en Mallorca en tres programas diferentes.
El demandante argumentaba que el uso de estas fotografías personales vulneraban su derecho a la propia imagen, un derecho que ya había sido cedido en el momento en el que el vídeo había sido subido a YouTube por el hijo del afectado. Antes de proseguir con el recurso de casación estimado, es necesario recordar algunos aspectos legales.
David Cantero presentando 'Informativos Telecinco'
Si bien el artículo dieciocho de la Constitución protege el derecho a la propia imagen y el veinte determina que ese derecho a la propia imagen es un límite del derecho a la información, no en todos los casos es así, ya que el derecho a la información puede prevalecer frente al otro bajo determinadas circunstancias.
Tal como ha explicado el Tribunal, las imágenes estaban relacionadas con la información, que además tenía una proyección pública por el delito de gran magnitud contenido. Esto supone que los datos en torno a este caso era de interés general y que, por tanto, la difusión de las instantáneas estaba protegida por la ley. Por otro lado, se apuntó que todo lo expuesto estaba debidamente contrastado por Mediaset.
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En las imágenes objeto de la denuncia, podía verse al demandante y a su familia mostrando lujos: "Comiendo ostras y langostas, exhibiendo unas deportivas de marca, haciendo ostentación de billetes en la mano, con vehículos de alta gama, así como en diversas fiestas en las que aparece elegantemente vestido", según se recoge en la nota de prensa.